En la ficción jurídica del sistema de Naciones Unidas, cada Estado representa en principio a un pueblo, y cada pueblo se ve correspondientemente representado por un Estado.
Pero en la realidad (y la ONU misma lo reconoce actualmente) ello no sucede así, el caso de los Pueblos Indígenas es emblemático de como dicha ficción no se condice con los hechos, asimismo existen casos de otros colectivos sociales que pueden calificar como "pueblos" sin estar representados por un Estado.
¿Cómo afecta ello a los Derechos Humanos? pues mucho, dado que este tema genera un gran malentedido al derivar en el postulado de los "derechos colectivos" que no es otra cosa que la idea que un colectivo (un pueblo) es tan digno como lo puede ser un individuo.
El malentendido se origina en un primer momento al afirmar que los derechos de las personas humanas tienen asidero en el derecho de autodeterminación (que es hasta entonces concomitante a la soberanía) de los pueblos -en los que loa individuos se agruparían en forma compartimentalizada- correspondiendo tales pueblos a los Estados asentados en la ONU.
Esto está establecido en los Artículos 1 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales del año 1966.
Luego, con el devenir del tiempo, el problema de la autodeterminación se complejiza al irrumpir en el escenario internacional las demandas de los representantes de los pueblos indígenas, dando como resultado que la ONU llega a reconocer el estatus de "autodeterminación sin soberanía" para aquellas entidades.
En la esfera de los Derechos Humanos ello se traduce en reconocer los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas, o simplemente en afirmar los Derechos de los Pueblos.
El problema es que otorgar derechos a una entidad abstracta, indeterminada en tiempo y espacio, a todas luces contingente y definida desde los discursos de los propios individuos equivale a degradar la dignidad humana misma.
Ello, dado que la dignidad humana en sí -que pertenece a todo y cada individuo humano- al ser equiparada con la dignidad (el valor en sí mismo) de un colectivo hace que se relativice la primera al valor de la segunda : el individuo pierde su valor absoluto y pasa a depender del valor del pueblo o pueblos (en realidad de las organizaciones políticas que hablan en su nombre) de los cuales forma parte (voluntaria o forzosamente).
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