jueves, 12 de enero de 2012

DDHH y Ciudadanía -2

Argumentado más en favor del concepto de Ciudadanía
Mundial, debemos señalar que más allá del cambio climático ésta se funda en hechos históricos que amenazan a la vez que alientan al Patrimonio Común de la Humanidad, nos referimos a la Globalización y los grandes avances Científico-Tecnológicos, especialmente aquellos del siglo XX en adelante.

Aunados ambos hechos, el resultado es que el mundo humano de hoy no puede concebirse ya como antaño como una serie de espacios geo-políticos separables, compartimentalizables, en los cuales cada Estado (o instancia alterna) se ocupase de garantizar la dignidad de sus ciudadanos o súbditos.

Antes bien, en la actualidad sucede que cada acontecimiento importante de una sociedad humana repercute inevitablemente en otra u otras. Y en las dimensiones económico-financiera y militar esto alcanza proporciones dramáticas. Ya hemos visto desde fines del siglo XX como una crisis económico-financiera se "contagia" cada vez con mayor velocidad e impredictibilidad de un país a otro (incluso de bloques de países a otros). Asimismo, la Guerra Fría nos enseñó lo frágiles que somos los humanos ante los avances científico-tecnológicos de la industria bélica (desde la bomba atómica hasta las armas biológicas y químicas) y hoy -en un mundo multipolar- no estamos más seguros frente a las amenazas de las guerras sino todo lo contrario: más a merced de lo imprevisible.

Resulta irónico ver como la globalización, la ciencia, e incluso el propio cambio climático "construyen" al Patrimonio Común de la Humanidad -que luego el liderazgo político internacional desde la UNESCO, organismo de la ONU, lo plasma conceptualmente y lo instituye en 1972 mediante un tratado internacional- para a su vez amenazarlo (hay que señalar que también son "constructores" del patrimonio común de la humanidad, aunque no vendrían a ser nocivos para aquél, los lenguajes "universales" como las artes). Esta dinámica se da desde el siglo XX y cada vez con mayor fuerza en forma permanente... al punto de poner en vilo a la propia supervivencia de la especie humana.

Como quiera que sea, todo lo reseñado abona en nuestra posición acerca de que frente a un patrimonio común a proteger es necesaria una comunidad mundial ciudadana que piense sus intereses a nivel mundial y no sólo a nivel estatal o inter-estatal.

lunes, 9 de enero de 2012

DDHH y Ciudadanía -1

La ciudadanía es una relación de derechos y deberes entre individuos pertenecientes a una misma comunidad política

Cuando hablamos de derechos, estamos hablando pues de un aspecto primordial de la ciudadanía.

Los derechos humanos prefiguran una "ciudadanía humana" en tanto que para su existencia la propia Organización de Naciones Unidas reconoce una sociedad internacional, que podría ser la antesala de una comunidad política mundial (no en vano a veces se alude a ella como la "comunidad internacional").

Como quiera que sea estamos hablando de posibles escenarios futuros, pues hoy por hoy la sociedad internacional no está conformada por los miles de millones de individuos que habitan el planeta, sino por los Estados que actúan como entidades mediadoras de aquellos.

Por el lado de los deberes, si bien no existe una declaración universal de deberes humanos (correlativa a la de derechos humanos), el tema está contemplado en la esfera de los DDHH desde tiempos tempranos, en 1945 se incluyó una serie de deberes humanos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (que atañe a la esfera regional interamericana) y el ítem vuelve a aparecer en escena de cuando en cuando, por ejemplo en la Declaración ONU de Estocolmo de 1972 sobre el Medio Ambiente al proponer que el derecho humano al medio ambiente sano, sea a su vez un deber humano.

La idea general es que los DDHH (y sus correlativos deberes humanos) nos dan una plataforma para entendernos a todos los individuos como miembros de una gran comunidad política humana.

Esto tiene cada vez mas sentido si nos enfocamos en que el gran patrimonio común de la humanidad -el medio ambiente planetario se ve amenazado- por el cambio climático.

A un patrimonio común amenazado, corresponde una comunidad política común que le haga frente más allá de los Estados nacionales quienes por su propia naturaleza tienen intereses sólamente en el bienestar de la parcialidad geo-política que les corresponde.

Dicho esto, quiero aclarar que no estoy en contra de la existencia de los Estados (no soy un anarquista, con el respeto que me merecen los anarquistas) creo que aquellos cumplen un rol clave en la formación de comunidades políticas de ciudadanía en donde se realicen los derechos humanos.

Desde mi visión, debiera existir una comunidad política humana organizada por niveles que de arriba-abajo, sean:

1) La ONU (u otra entidad que ocupe su lugar)
2) Organizaciones Regionales - continentales (como hoy en día son la OEA, la OUA y la CE)
3) Los Estados
4) Comunidades locales autónomas (como los pueblos indígenas).

Por supuesto que sería todo un reto conseguir que en los dos primeros niveles haya participación ciudadana tal como actualmente se hace en los Estados (con elecciones generales, por ejemplo). Pueden para ello instituirse mecanismos de democracia delegativa, pero que sean diferentes a los actuales sistemas de representación estatal en la ONU y en las Organizaciones Regionales. Se va a necesitar creatividad jurídica y política para todo esto (y mucha voluntad de las partes), pero la idea es que se imponga el principio de ciudadanía humana.

Finalmente quisiera decir que en varios ítems (por ejemplo, en asuntos militares), por una cuestión de realismo político, se tendría que mantener el actual esquema de soberanía estatal en la representación internacional. Entendiendo siempre, claro está, que esto es una cuestión pragmática y no principista, que eventualmente puede cambiar...al fin y al cabo cuando hablamos de ciudadanía humana estamos concordando con algo que muchos autores ya han planteado: que la soberanía estatal debe ser relativa (a la dignidad humana) y no absoluta.

viernes, 6 de enero de 2012

DDHH y Pueblos Indígenas...

Quisiera profundizar un poco acerca del tema de los Derechos Humanos y los Pueblos Indígenas.

Si se cumpliese rigurosamente lo estipulado en los artículos 1 del PIDCP y del PIDESC, cada pueblo tendría el derecho colectivo (como derecho humano) a verse representado por un Estado.

Esto es irrealista tanto por un principio de "realpolitik": la oposición de los Estados ya constituidos, como por algo más importante: el hecho que las personas y los territorios de los diferentes pueblos de la tierra se yuxtaponen y sus fronteras asimismo se mueven en el tiempo según circunstancias histórico-sociales.

En la realidad los Estados no se sustentan en el principio de soberanía popular a la usanza "un pueblo , un Estado" (que es lo que el PIDCP y el PIDESC intentan reflejar desde los derechos humanos basándose en lo que la ONU asume como un principio fundamental), sino que son entidades en su mayoría multiculturales -es decir, con más de un pueblo en su interior- que se consolidaron como tales (como Estados) por avatares de la historia.

Entre estos avatares está el hecho que los pueblos indígenas corresponden a sociedades que históricamente han quedado en una posición de subordinación frente a los Estados coloniales y post-coloniales que los han sometido.

Nos preguntamos una vez más qué hacer desde los Derechos Humanos ante esta situación injusta y como respuestas nos viene -acorde lo expuesto- lo siguiente:

1) No persisitir en el error de determinar "derechos colectivos de los pueblos", en especial los de soberanía y autodeterminación que como ya hemos señalado terminan relativizando la dignidad humana.

2) Otorgar autonomía y otras prerrogativas colectivas a los pueblos indígenas para la autogestión de sus diversos recursos (entre ellos, la tierra), pero entendiendo que aquellas no constituyen derechos colectivos sino garantías colectivas a sus derechos como individuos.

3)Ante la cuestión de la relación ciudadana individuo indígena- Estado hegemónico, dada la situación de desventaja histórica del primero, determinar medidas de acción afirmativa tales como cuotas electorales (por poner un ejemplo). Valga la aclaración que este tipo de medidas tiene un alcance temporal y que no constituyen derechos.

La idea general es que los derechos humanos deben servir para generar un marco de ciudadanía, en el que obviamente esté incluído el principio de igualdad sin que ello se contraponga a la diversidad social y cultural.

jueves, 5 de enero de 2012

"Los Derechos de los Pueblos"

En la ficción jurídica del sistema de Naciones Unidas, cada Estado representa en principio a un pueblo, y cada pueblo se ve correspondientemente representado por un Estado.

Pero en la realidad (y la ONU misma lo reconoce actualmente) ello no sucede así, el caso de los Pueblos Indígenas es emblemático de como dicha ficción no se condice con los hechos, asimismo existen casos de otros colectivos sociales que pueden calificar como "pueblos" sin estar representados por un Estado.

¿Cómo afecta ello a los Derechos Humanos? pues mucho, dado que este tema genera un gran malentedido al derivar en el postulado de los "derechos colectivos" que no es otra cosa que la idea que un colectivo (un pueblo) es tan digno como lo puede ser un individuo.

El malentendido se origina en un primer momento al afirmar que los derechos de las personas humanas tienen asidero en el derecho de autodeterminación (que es hasta entonces concomitante a la soberanía) de los pueblos -en los que loa individuos se agruparían en forma compartimentalizada- correspondiendo tales pueblos a los Estados asentados en la ONU.

Esto está establecido en los Artículos 1 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales del año 1966.

Luego, con el devenir del tiempo, el problema de la autodeterminación se complejiza al irrumpir en el escenario internacional las demandas de los representantes de los pueblos indígenas, dando como resultado que la ONU llega a reconocer el estatus de "autodeterminación sin soberanía" para aquellas entidades.

En la esfera de los Derechos Humanos ello se traduce en reconocer los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas, o simplemente en afirmar los Derechos de los Pueblos.

El problema es que otorgar derechos a una entidad abstracta, indeterminada en tiempo y espacio, a todas luces contingente y definida desde los discursos de los propios individuos equivale a degradar la dignidad humana misma.

Ello, dado que la dignidad humana en sí -que pertenece a todo y cada individuo humano- al ser equiparada con la dignidad (el valor en sí mismo) de un colectivo hace que se relativice la primera al valor de la segunda : el individuo pierde su valor absoluto y pasa a depender del valor del pueblo o pueblos (en realidad de las organizaciones políticas que hablan en su nombre) de los cuales forma parte (voluntaria o forzosamente).

martes, 3 de enero de 2012

DDHH y Cambio Climático, para empezar

Los derechos humanos tienen una triple dimensión: ética, jurídica y política y sostienen -desde el gran marco institucional de Naciones Unidas- el orden de lo legítimo a nivel mundial desde 1945.

Su base es asumir como digno al ser humano (la dignidad humana), es decir que cada individuo es valioso en sí mismo por el mero hecho de serlo.

Su preocupación por el individuo no es casual, fue una reacción a los horrores de la segunda guerra mundial en donde el nazismo -basándose en la noción de soberanía absoluta del estado- arrasó con las mas mínimas consideraciones para con la persona humana llegando al extremo del genocidio institucional (caso de los judíos, los gitanos, los homosexuales, los enfermos mentales, los discapacitados físicos...).

Hoy en día, más allá de las guerras existentes y del riesgo por una "tercera guerra mundial" existe un acontecimiento que debe preocupar a todo el mundo pues afecta la supervivencia misma del ser humano, nos referimos al cambio climático.

El cambio climático ya comenzó, va a durar un tiempo indefinido y sus consecuencias catastróficas son impredecibles.

¿Qué tienen que decir los DDHH ante el cambio climático?. Creemos que ante todo hay que asumir a plenitud la condición del ser humano como parte indesligable de su medio ambiente, a partir de aquí se reconcibe pues a la dignidad humana en tanto aunque el ser humano sigue siendo valioso por el mero hecho de serlo, ese "ser" es indesligable de su naturaleza de animal racional habitante de un entorno en el cual necesariamente se relaciona con otras especies y con otros elementos.

Luego, buscar realizar la dignidad humana pasa (también) por pretender una relación armónica humano- ambiental. Esto debiera ser parte de la "nueva legitimitad" del orden mundial que se sostiene desde las Naciones Unidas.

Veamos...

Leo lo que escribi ayer y me quedan sensaciones encontradas.

De un lado, me gusta decir lo que dije.

De otro lado me hago la pregunta "¿para qué sirve lo dije?" y no puede dejar de asaltarme al cerebro una voz que me señala que es inútil todo, en el sentido que es una pérdida de tiempo escribir "manifiestos" revolucionarios que a nada habrán de conducir y que más bien me empujarán a la marginalidad social (por no dedicar mi vida a cosas mas "útiles").

Pero, pronto recuerdo la motivación que dió origen a todo esto : el hecho de estar
involucrado en la defensa de los derechos humanos y repentinamente caer en la cuenta que el gran acontecimiento del cambio climático hacía necesario reconcebir desde sus bases los propios DDHH.

Intentaré entonces seguir con esta línea, partiendo del tema del cambio climático y su incidencia en los derechos humanos.

lunes, 2 de enero de 2012

Hablemos de DDHH - Introducción

Dentro de mis ideales, asumo a los derechos humanos en una posición central desde el momento en que creo que el valor más importante es la dignidad humana (la base de los DDHH).

Con todo, tengo una mirada crítica a cómo la noción de dignidad humana ha sido asumida incluso en el marco de los DDHH contemporáneos.

En primer lugar, sostengo que la dignidad humana está sumida en el medio ambiente humano.

En segundo lugar -y ligado a lo anterior-, que la dignidad humana está por encima de cualquier prerrogativa colectiva, inclusive de las funciones y atribuciones de los estados.

El primer punto confronta la idea que el ser humano es una suerte de "ser supremo" que puede desvincularse de la naturaleza y/o someterla.

El segundo punto confronta la idea que la dignidad humana está compartimentalizada dentro de los diferentes pueblos en los que estaría segmentado el planeta.

Ambos puntos se unen bajo el postulado que el individuo como ser indesligable de la naturaleza es el depositario por definición de derechos y deberes ante ella y ante sus semejantes.

A diferencia de otras entidades, el entorno natural humano es uno solo y es absoluto y concreto; asimismo, el individuo humano es absoluto y concreto también. Los pueblos son contingentes, cambiantes según circunstancias históricas y sociales, y sus fronteras nunca están (ni pueden estarlo) plenamente definidas. Los pueblos se interconectan y se yuxtaponen.